Hoy platicaremos sobre la
reforma laboral, y sus principales cambios:
Sin lugar a duda esta
reforma laboral va de la mano a los cambios que se han generado, como al cambio
que sufrió la constitución, la celebración de tratados internacionales de los
que México es parte, pero sobre todo se exterioriza su esencia y naturaleza, de
las organizaciones a nivel mundial, como la OIT (Organización Internacional de
Trabajo) donde adecuan conceptos que reconocen derechos por estas organizaciones.
Hablando un poco de lo general
a lo particular encontraremos puntos muy importantes a analizar como los
siguientes:
Trabajo digno:
Antes de la reforma
no contemplaba este concepto, más sin embargo contemplaba que el trabajo exigía
respeto para la dignidad humana, en la reforma señala que las normas del
trabajo, además de conseguir el equilibrio entre los factores de la producción,
deben propiciar el trabajo digno y decente en todas las relaciones laborales y
lo define como aquel en que no exista discriminación por origen étnico o
nacional; género; edad; discapacidad; condición social, de salud o migratoria;
religión; opiniones; preferencias sexuales o estado civil, y se respeta plenamente
la dignidad humana del trabajador tiene acceso a la seguridad social, percibe un salario
remunerador, recibe
capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios
compartidos, cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para
prevenir riesgos de trabajo, y respeta irrestrictamente los derechos colectivos
de los trabajadores (libertad de asociación, autonomía, derecho de huelga y de
contratación colectiva)
Salario Remunerador:
El salario debe ser
remunerador y nunca inferior al mínimo. Entendiéndose como remunerador a aquel
suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en
el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria
de los hijos, de esta forma era definido, con la reforma contempla al salario
remunerador como una condición inseparable del trabajo decente, entendiéndose
como tal a aquél que satisfaga las necesidades de la familia del trabajador y
suficiente para cubrir sus requerimientos socio-económicos y culturales. El salario remunerador además, nunca deberá
ser inferior al mínimo, el cual deberá ser suficiente para satisfacer las
necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y
cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. En este mismo
sentido, se contempla que los trabajadores puedan desempeñar labores o tareas
conexas o complementarias al trabajo principal.
De lo anterior expreso se desvirtúa el mito a que su rezo expresa "pago por hora" y que pensaban que el salario mínimo dependiendo de la zona del trabajador, se iba a dividir por una jornada y el resultado multiplicado por las horas laboradas seria el pago por día.
Igualdad Sustantiva:
Aquí reconoce en la
reforma, la eliminación de la discriminación contra las mujeres, que menoscaba
o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las
libertades fundamentales en el ámbito laboral, y supone el acceso a las mismas
oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de
mujeres y hombres, que en si se apega a la constitución y su artículo 4° que a
su texto dice: “igualdad ante la ley del varón y la mujer”.
Hostigamiento:
Antes de la reforma
no contemplaba este concepto, con la reforma la define como el ejercicio del
poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el
ámbito laboral, expresado en conductas verbales, físicas o ambas, es decir que
puede presentarse cuando el patrón o alguno de sus representantes ejerce la
conducta descrita en contra de alguno de sus trabajadores (subordinados).
Acoso Sexual:
Antes de la reforma
no contemplaba este concepto, con la reforma la define como una forma de
violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio
abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la
víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Es decir
cuando proviene de un trabajador (subordinado) a otro trabajador (victima).
Próximamente estaremos platicando sobre algunos puntos finos de la reforma y comentando sobre outsourcing y mucho mas de esta reforma.