El 17 de octubre de 2012
se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. La
Ley tiene por objeto proteger al sistema financiero y la economía nacional,
estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones
que involucren recursos de procedencia ilícita, de acuerdo con la Ley, diversas
actividades no financieras son consideradas vulnerables, entre otras, los
juegos, concursos y sorteos, la compra venta de inmuebles, vehículos (aéreos,
marítimos y terrestres), joyas, obras de arte, tarjetas de prepago; así como
ciertas operaciones realizadas por agentes intermediarios, en virtud de lo
anterior, quienes realicen las citadas actividades deberán
presentar Avisos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el
objeto de identificar las operaciones riesgosas. Al respecto, la Ley y su
Reglamento faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera para recabar
elementos útiles con el objeto de prevenir e identificar actos u operaciones
presuntamente vinculados con los delitos de operaciones con recursos de
procedencia ilícita, los relacionados con éstos, las estructuras financieras de
las organizaciones delictivas y evitar el uso de esos recursos para su
financiamiento.
Actividades Vulnerables
Quiénes realizan actividades vulnerables
en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:
1. Las Entidades Financieras, a través de los actos, operaciones y
servicios que realizan de conformidad con las leyes que regulan a cada una de
ellas.
2. Aquellas actividades económicas a las que por su naturaleza y
características, el tipo de bienes o servicios que emiten o comercializan y su
operación, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita las cataloga como tal; son las siguientes:
Juegos y sorteos
Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o
sorteos, tales como la venta de boletos, fichas o cualquier otro tipo de
comprobante similar, así como el pago del valor de dichos boletos, fichas o
recibos; la entrega o pago de premios, y la realización de cualquier operación
financiera.
Tarjetas de servicios y crédito
La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas
de servicios, de crédito, de tarjetas prepagadas y de todas aquellas que
constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean
emitidas o comercializadas por Entidades Financieras.
Tarjetas de prepago y cupones
Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o
sorteos, tales como la venta de boletos, fichas o cualquier otro tipo de
comprobante similar, así como el pago del valor de dichos boletos, fichas o
recibos; la entrega o pago de premios, y la realización de cualquier operación
financiera.
Tarjetas de devolución y recompensas
Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o
sorteos, tales como la venta de boletos, fichas o cualquier otro tipo de
comprobante similar, así como el pago del valor de dichos boletos, fichas o
recibos; la entrega o pago de premios, y la realización de cualquier operación
financiera.
Cheques de viajero
La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de
viajero, distinta a la realizada por las Entidades Financieras.
Servicios de mutuo, préstamo o crédito
El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o
de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por
parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras.
Servicios de blindaje
La prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de
vehículos terrestres, nuevos o usados, así como de bienes inmuebles.
Compra y venta de inmuebles
La prestación habitual o profesional de servicios de construcción
o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la
propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se
involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a
favor de clientes de quienes presten dichos servicios.
Comercialización de piedras preciosas,
metales preciosos, joyas y relojes.
La comercialización e intermediación habitual o profesional de
metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes.
Comercialización de obras de arte
La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de
arte.
Comercialización de vehículos
La comercialización o distribución habitual o profesional de
vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.
Traslado o custodia de valores
La prestación habitual o profesional de servicios de traslado o
custodia de dinero o valores, con excepción de aquellos en los que intervenga
el Banco de México y las instituciones dedicadas al depósito de valores.
Traslado o custodia de valores
La prestación habitual o profesional de servicios de traslado o
custodia de dinero o valores, con excepción de aquellos en los que intervenga
el Banco de México y las instituciones dedicadas al depósito de valores.
Prestación de servicios profesionales de
manera independiente
La compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre
estos, la administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo
de sus clientes, manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores, la
organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para
la constitución, operación y asociación de sociedades mercantiles.
Prestación de servicios de fe pública
Tratándose de los notarios públicos: La transmisión o constitución
de derechos reales sobre inmuebles, otorgamiento de poderes para actos de
administración o dominio otorgados con carácter irrevocable, constitución,
modificación patrimonial, fusión o escisión, así como la compraventa de
acciones y partes sociales de personas morales, constitución o modificación de
fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles, otorgamiento
de contratos de mutuo o de crédito, con o sin garantía. Tratándose de los
corredores públicos: Realización de avalúos, constitución, modificación, fusión
o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de personas
morales mercantiles, constitución, modificación o cesión de derechos de
fideicomiso, otorgamiento de contratos de mutuo mercantil o créditos
mercantiles; y Los servidores públicos a los que las leyes les confieran la
facultad de dar fe pública en el ejercicio de sus atribuciones.
Donativos
La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y
sociedades sin fines de lucro.
Prestación de servicios de comercio exterior
como agente o apoderado aduanal
Los que mediante autorización otorgada por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público promuevan por cuenta ajena, el despacho de las
siguientes mercancías: Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y
usados, equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago; máquinas
para juegos de apuesta y sorteos, nuevas o usadas; Joyas, relojes, Piedras
Preciosas y Metales Preciosos; obras de arte, materiales de resistencia
balística.
Arrendamiento de Inmuebles
La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes
inmuebles.